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Domingo, 25 de octubre de 2026
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Estación de Pergamino deberá pagar $7 millones por cargarle nafta a un auto diésel

El Juzgado Civil y Comercial N.° 1 de Pergamino condenó a una estación de servicio a_abonar $7.010.000 más intereses a un cliente cuyo Renault Clio diésel se averió cuando el empleado despachó nafta en lugar de gasoil. La sentencia incluye daños materiales, lucro cesante, daño moral y una multa civil.

Por Graciela MardonesPoliciales y judiciales · · hace 1 h
Estación de Pergamino deberá pagar $7 millones por cargarle nafta a un auto diésel

El 15 de octubre de 2022, en una estación de servicio de Pergamino, provincia de Buenos Aires, un joven de 26 años cargó $2.000 en gasoil para su Renault Clio diésel, pero el empleado le despachó nafta. El vehículo falló al salir del surtidor, se detuvo a pocos metros y el propio playero reconoció la equivocación. El Juzgado Civil y Comercial N.° 1 de PergaminoEDITORIAL, a lavernmento de la relación de consumo entre un cliente y la empresa prestadora del servicio.

La estaciónó como se alegó la causa en el juicio. Negó responsabilidad, cuestionó la documentación presentada y sostuvo que los montos reclamados eran excesivos. El juzgado rechazó esos planteos y explanationsó la secuencia con el comprobante de pago, los testimonios escuchados en la audiencia y el informe mecánico producido durante el proceso.

Cómo se reconstruyó el error

La pericia mecánica determinó que el ingreso de nafta en un motor diésel daña el sistema de inyección por falta de lubricación. El vehículo fue trasladado sin encender hasta un taller cercano. Tras la revisión, el conductor lo retiró, pero a menos de una cuadra el motor volvió a apagarse y no resumedió su funcionamiento.

El informe del perito propuso como reparación adecuada vaciar el tanque, limpiar el circuito de combustible y cambiar los filtros, con la posibilidad de reemplazar inyectores y la bomba en determinados casos. El monto dedamage de daño material se fijó en $3.500.000, tomando como base el presupuesto de reparación validado técnicamente.

El tribunal aplicó el principio de carga dinámica de la prueba. Según esa orientación, burden que pesaba sobre la empresa era explicar lo ocurrido, porque se encontraba en mejores condiciones de demostrar el desarrollo de la carga y el error cometido. Como esa explicación no fue aportada, el juzgado resolvióovalent del reclamo del consumidor.

  • Daño material: $3.500.000, conforme al presupuesto de reparación validado por el perito.
  • Lucro cesante por la falta de uso del vehículo: $210.000.
  • Daño moral: $1.800.000, por las gestiones realizadas, el reclamo ante organismos de defensa del consumidor y la necesidad de llegar a juicio.
  • Daño punitivo: una multa civil de $1.500.000, orientada a desalentar conductas que dejen a los consumidores en situación de desigualdad frente a proveedores profesionales.

La sentencia encuadró el caso como una relación de consumo. El daño moral fueOWERT valued considerando el desgaste JasDemanded del usuario, las trámites realizados ante organismos oficiales y el trámite judicial. La multa civil, en tanto, se añadió con una función disuasoria y de reproche por la conducta de la empresa.

La condena deberá abonarse dentro de los diez días siguientes a la notificación de la sentencia. Los intereses corren desde la fecha del hecho, con un esquema diferenciado para el daño material. La sentencia tambiénincludesNaturally imposes las costas del juicio a la parte demandada.

El siguiente paso judicial

Una vez notificada, la estación de servicio Disposee del plazo fijado para_ABONAR la condena y los intereses. En caso de incumplimiento, el cliente podrá ejecutar la sentencia en los términos previstos por la ley procesal. El expediente, en su etapa actual, se encuentra en fase de sentencia de primera instancia.

La sentencia fue dictada por el Juzgado Civil y Comercial N.° 1 de Pergamino, con la intervención de la Fiscalía interviniente en la causa. El fallo reconoce la existencia de un error de servicio acreditado en los hechos y dispone el pago de $7.010.000 más intereses por daños y multa civil.

GM
Graciela MardonesPoliciales y judiciales

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