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Martes, 3 de noviembre de 2026
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Pensiones por invalidez suspendidas: qué plazos corren y cómo volver a cobrar

La Secretaría de Discapacidad dejó sin efecto el pago de 4.329 prestaciones por falta de requisitos médicos, mientras otros 7.008 beneficiarios deben ampliar su documentación.

Por Lucía FerreroFruticultura y economía regional · · hace 1 h
Pensiones por invalidez suspendidas: qué plazos corren y cómo volver a cobrar

La Secretaría de Discapacidad oficializó la suspensión de 4.329 pensiones por invalidez laboral. Según el organismo, los titulares alcanzados no presentaron la documentación necesaria para acreditar la continuidad de su situación de discapacidad, y por eso el pago quedó sin efecto.

El requisito central para mantener o recuperar el beneficio es contar con un Certificado Médico Oficial (CMO) que acredite una discapacidad del 66% o más. Sin ese respaldo, la prestación no puede continuar, y quienes dependen de ese ingreso mensual deben prestar atención a los tiempos que fija la normativa.

Quiénes fueron suspendidos y qué plazo tienen

Los titulares afectados disponen de 60 días corridos para presentar la documentación faltante. Si no la entregan dentro de ese período, la prestación no podrá ser rehabilitada. El plazo se cuenta en días corridos, de modo que los fines de semana y feriados también se computan.

En paralelo, otros 7.008 beneficiarios recibieron una intimación para ampliar la documentación médica que respalda su incapacidad laboral. En este caso el plazo es de 30 días hábiles, una diferencia que conviene tener presente para no confundir ambos trámites.

Cuatro vías para presentar la documentación

  • Oficinas de atención de ANSES.
  • Dependencias habilitadas de la Secretaría Nacional de Discapacidad.
  • Formulario de consultas del Ministerio de Salud, disponible en argentina.gob.ar.
  • Plataforma Trámites a Distancia (TAD), con el trámite "Presentación de Documentación para Pensión Invalidez".

Una vez recibida, la documentación se incorpora al expediente administrativo del titular. Los equipos técnicos analizan ese expediente para determinar si corresponde rehabilitar el pago, por lo que la presentación completa y en término resulta determinante.

Por qué se dispuso la medida

La suspensión se publica mediante la Resolución 3702/2026, que deja sin efecto una normativa anterior. Esa norma había restablecido el cobro de estas pensiones tras un fallo judicial, pero la Cámara Federal de Tucumán revocó esa sentencia de primera instancia en febrero de 2026, lo que habilitó la suspensión de los beneficios comprendidos en esa causa.

LF
Lucía FerreroFruticultura y economía regional

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