Paritaria en concesionarias: montos fijos por categoría para el último trimestre
SMATA y ACARA cerraron un acuerdo salarial para octubre, noviembre y diciembre, con montos nominales diferenciados según el escalafón y una revisión prevista para enero.
Los trabajadores de las concesionarias de autos comenzaron a cobrar nuevos salarios desde el 1° de octubre. El acuerdo firmado por el sindicato SMATA y la cámara ACARA cubre el período octubre-diciembre bajo el convenio colectivo de trabajo 99/23, y en lugar de aplicar un porcentaje único a todos los escalafones, fija montos nominales distintos para cada categoría.
Escalas salariales y el incremento de diciembre
Para octubre y noviembre, las escalas parten de $1.073.088,67 para los vendedores de planes de ahorro y los vendedores itinerantes de repuestos en una de las franjas, y llegan a $1.099.915,89 en la siguiente. En diciembre se suma un incremento complementario que se calcula sobre esos valores base.
Comisiones, dotación y beneficios
- Comisión mínima garantizada del 0,5 por ciento sobre el precio de venta libre de tributos para el personal de ventas.
- Encuadre de al menos el 10 por ciento de la dotación de cada empresa en los dos escalafones más altos del convenio.
- Antigüedad reconocida con una escala que parte del 3 por ciento a los dos años de servicio y llega al 39 por ciento a los 26 años.
- Suplemento del 4 por ciento sobre el básico para quienes acrediten dominio de un idioma extranjero, y del 10 por ciento para quienes tengan título habilitante.
- Plus del 20 por ciento por zona desfavorable para quienes trabajen en la Patagonia, que incluye Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur.
El convenio también contempla compensación por transporte, sea público o propio, una asignación vacacional equivalente a 130 horas anuales y subsidios por fallecimiento de familiares directos, calculados sobre la categoría máxima del escalafón.
Homologación y revisión en enero
El acta fue derivada a la Secretaría de Trabajo para su homologación. Sin embargo, ambas partes precisaron que el acuerdo es de cumplimiento obligatorio e inmediato desde la firma, en virtud del artículo 959 del Código Civil y Comercial. En enero, SMATA y ACARA volverán a reunirse para medir la inflación registrada entre octubre y diciembre y definir si corresponde un ajuste adicional.
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