ARCA extiende a 2027 el plazo para que pymes y entidades sin fines de lucro regularicen deudas en cuotas
El régimen especial suma deudas vencidas hasta el 31 de octubre de 2026 y permite adherir hasta el 30 de junio de 2027, con hasta 18 cuotas para las empresas más chicas.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5924/2026, que amplía el plan especial de facilidades de pago dirigido a micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro. La medida modifica los plazos del régimen original y habilita a quienes tienen obligaciones pendientes a regularizarlas en cuotas bajo condiciones que se mantienen sin cambios.
Qué cambia respecto del régimen original
El punto central de la resolución es la extensión de la fecha de corte para las obligaciones que pueden regularizarse. El esquema anterior alcanzaba a deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2026; con la ampliación, ese límite pasa al 31 de octubre de 2026. Además, el período de adhesión se extiende: en lugar del 30 de diciembre de 2026, los interesados podrán sumarse hasta el 30 de junio de 2027.
Quiénes pueden acceder al plan
- Micro y Pequeñas Empresas.
- Medianas Empresas de los tramos 1 y 2.
- Pequeños contribuyentes.
- Determinadas entidades sin fines de lucro.
Las obligaciones alcanzadas incluyen deudas impositivas, aduaneras y de recursos de la seguridad social, junto con las multas aplicadas hasta el 31 de octubre de 2026.
Plazos de financiación y fecha de carga
Las condiciones de financiación se mantienen respecto del esquema original. Las micro y pequeñas empresas y los pequeños contribuyentes pueden acceder a hasta 18 cuotas mensuales para obligaciones generales, mientras que las medianas empresas de los tramos 1 y 2 tienen un tope de 15 cuotas. Aunque la resolución ya está vigente, la carga de las nuevas deudas en el sistema estará habilitada a partir del 16 de noviembre de 2026, bajo la opción Régimen Especial de Facilidades de Pago, Obligaciones vencidas al 31/10/2026. Hasta esa fecha, el sistema no permitirá incorporar obligaciones con vencimiento posterior al 30 de junio de 2026.
El trámite se realiza de forma online a través del servicio Mis Facilidades del organismo recaudador.
