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La Suprema Corte de Mendoza cerró la causa contra los rugbiers franceses y la querella quedó sin instancias

Hugo Auradou y Oscar Jegou fueron sobreseídos de manera definitiva luego de que el máximo tribunal rechazara el recurso de casación. El proceso, que comenzó en julio de 2024 tras una denuncia por abuso sexual, atravesó tres instancias judiciales en Mendoza.

Por Graciela MardonesPoliciales y judiciales · 4 de septiembre de 2026 · hace 7 h

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza confirmó el sobreseimiento de los rugbiers franceses Hugo Auradou y Oscar Jegou, quienes habían sido denunciados por abuso sexual tras un encuentro internacional disputado en esa provincia en julio de 2024. Con la firma de los jueces Dalmiro Garay Cueli, Norma Llatser y José Valerio, el máximo tribunal provincial rechazó el recurso de casación que había presentado la querella y puso fin a un proceso que atravesó tres instancias judiciales.

El hecho que dio origen a la causa se registró el 8 de julio de 2024, pocas horas después del partido entre las selecciones de Francia y Argentina disputado en Mendoza. Una mujer que había conocido a ambos deportistas esa noche en un local bailable radicó la denuncia por abuso sexual. Auradou y Jegou permanecieron detenidos con prisión preventiva durante casi un mes, hasta que la Justicia los autorizó a regresar a su país de origen.

El recorrido judicial del expediente

  • Diciembre de 2024: la jueza de Garantías Elenora Arenas dictó el sobreseimiento de los dos jugadores.
  • Febrero de 2025: el Tribunal Penal Colegiado N° 1 de la Primera Circunscripción de Mendoza confirmó el fallo de primera instancia.
  • La Suprema Corte de Justicia rechazó la casación interpuesta por la querella y dejó firme la absolución.

En su resolución de febrero, el Tribunal Penal Colegiado N° 1 había señalado que la evidencia fílmica, los testimonios recabados, los peritajes médicos y psicológicos, así como los propios mensajes enviados por la denunciante en las horas y días posteriores a los hechos, habían desvirtuado la hipótesis acusatoria. La Suprema Corte compartió ese criterio y agregó que los planteos de la querella no lograron demostrar una valoración arbitraria de la prueba ni señalaron medidas pendientes de producción que pudieran revertir el cuadro probatorio. El tribunal indicó, además, que ninguno de los testigos que tuvo contacto con la denunciante antes, durante o inmediatamente después de los hechos aportó información que corroborara su versión.

La carátula del expediente se mantuvo como abuso sexual con acceso carnal, figura que rigió la imputación desde el inicio. La Fiscalía interviniente fue la que tuvo a su cargo la investigación preliminar y produjo la prueba que luego fue valorada por las distintas instancias.

“Los rugbiers han recuperado su prestigio. La mentira no puede ser gratis. La denunciante y su abogada responderán cada una por sus mentiras y mala praxis profesional.”Rafael Cúneo Libarona, abogado defensor

Tras conocerse el fallo del máximo tribunal, Rafael Cúneo Libarona, abogado de los deportistas, afirmó que sus asistidos recuperaron su prestigio y adelantó que impulsará acciones legales contra la denunciante y contra su representante legal por lo que consideró mentiras y mala praxis profesional. La causa penal quedó cerrada en instancia provincial y, dado que la Corte Suprema de Justicia de la Nación no intervino, el sobreseimiento se encuentra firme. El próximo paso judicial será el inicio de las eventuales acciones civiles o penales que el defensor anunció contra la denunciante y su letrada.

GM
Graciela MardonesPoliciales y judiciales

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